Los miembros del jurado se seleccionan de una lista previa sorteada cada dos años en Almería.
El Juzgado de Instrucción número Cinco de Almería convierte el caso de Gabriel Cruz Ramírez en un proceso ventilado mediante la Ley del Jurado y sienta las bases del futuro juicio contra Ana Julia Quezada. A la espera del cierre de la instrucción y de las calificaciones de las partes, las vistas podrían señalarse para mediados del próximo año en el Palacio de Justicia de Almería (junto al Gran Hotel).
La Audiencia Provincial sentará a la acusada en el banquillo, aunque será un jurado popular el encargado de dictar su destino. Las partes realizarán una selección de nueve miembros y dos suplentes entre una lista previa de ciudadanos anónimos (son elegidos en un sorteo cada dos años).
Los componentes deben estar aislados durante la celebración del juicio oral y, al final, responder sobre un “objeto de veredicto”. Se trata de un cuestionario elaborado para resolver las principales cuestiones sobre el suceso. Las respuestas mayoritarias o unánimes sobre las preguntas planteadas determinarán la culpabilidad o no de Ana Julia Quezada.
Ahora bien, si el jurado decidiera declarar a la acusada culpable, estos ciudadanos no tendrán que establecer la entidad de la condena. Esta facultad está reservada para el magistrado presidente de la sala. Es decir, los jurados populares solo deciden sobre qué hechos se produjeron (o no) y la elaboración de la sentencia corresponde al juez. La sentencia puede recurrirse luego en dos instancias ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y el Tribunal Supremo.
(La voz de Almeria)
El Juzgado de Instrucción número Cinco de Almería convierte el caso de Gabriel Cruz Ramírez en un proceso ventilado mediante la Ley del Jurado y sienta las bases del futuro juicio contra Ana Julia Quezada. A la espera del cierre de la instrucción y de las calificaciones de las partes, las vistas podrían señalarse para mediados del próximo año en el Palacio de Justicia de Almería (junto al Gran Hotel).
La Audiencia Provincial sentará a la acusada en el banquillo, aunque será un jurado popular el encargado de dictar su destino. Las partes realizarán una selección de nueve miembros y dos suplentes entre una lista previa de ciudadanos anónimos (son elegidos en un sorteo cada dos años).
Los componentes deben estar aislados durante la celebración del juicio oral y, al final, responder sobre un “objeto de veredicto”. Se trata de un cuestionario elaborado para resolver las principales cuestiones sobre el suceso. Las respuestas mayoritarias o unánimes sobre las preguntas planteadas determinarán la culpabilidad o no de Ana Julia Quezada.
Ahora bien, si el jurado decidiera declarar a la acusada culpable, estos ciudadanos no tendrán que establecer la entidad de la condena. Esta facultad está reservada para el magistrado presidente de la sala. Es decir, los jurados populares solo deciden sobre qué hechos se produjeron (o no) y la elaboración de la sentencia corresponde al juez. La sentencia puede recurrirse luego en dos instancias ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y el Tribunal Supremo.
(La voz de Almeria)
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