La normativa actual no establece un límite de edad para poder prorrogar el permiso de conducir por lo que cualquier persona que pase las pruebas puede seguir conduciendo independientemente de su edad, explica el responsable de la DGT en Almería, José María Méndez.
Plazos de vigencia
Sí que, conforme se suman años, la prórroga del carné de conducir es más corta. En este sentido, los plazos de vigencia actuales para el permiso de conducción de las clases C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E es de cinco años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco años. A partir de esa edad, el conductor tiene que renovar su licencia cada tres años.
El permiso de las clases restantes (AM, A, A1, A2 y B) y la licencia de conducción, cualquiera que sea su clase, tiene un período de vigencia de diez años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco años y de cinco años a partir de esa edad, recuerdan desde la Dirección General de Tráfico.
Este período de vigencia de las diversas clases de permiso y licencia de conducción podrá reducirse si, al tiempo de su concesión o de la prórroga de su vigencia, se comprueba que su titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide renovar el carné, es susceptible de agravarse. En esos casos, la DGT está pendiente de que el conductor pueda o no renovar su licencia con la misma periodicidad que otras personas sanas.
La normativa actual no establece límite de edad para prorrogar el permiso de conducir
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