Ir al contenido principal

Condenado a cuatro meses de cárcel y perder el carné el conductor que iba a 276 km/h

El juez Manuel José Rey señala en su sentencia que el acusado puso "en peligro la integridad del resto de usuarios de la vía" al exceder "casi el doble de la velocidad permitida".

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a cuatro meses de prisión y a la pérdida de vigencia del permiso de conducir a R.P., el conductor que fue sorprendido por un radar cuando circulaba a 276 kilómetros por hora por la nacional 347 de Almería en un tramo en el que la velocidad límite estaba fijada en 90 kilómetros por hora.

El fallo, consultado por Europa Press, condena al acusado por un delito contra la seguridad vial contemplado en el artículo 379.1 del Código Penal y le impone además la privación del derecho de conducir vehículos a motor por un periodo de tres años, con lo que estima en su totalidad la pena solicitada por el Ministerio Fiscal.

La sentencia, sobre la que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, considera probado que el acusado conducía sobre las 10,30 horas del 26 de enero por la citada vía en el término municipal de Almería a bordo de un Nissan GT-R propiedad de un tercero cuando, en el punto kilométrico 1,4 de la vía interurbana de doble sentido fue fotografiado por un radar fijo a 276 kilómetros por hora.

El juez Manuel José Rey señala en su sentencia que el acusado puso "en peligro la integridad del resto de usuarios de la vía" al exceder "casi el doble de la velocidad permitida", toda vez que destaca la "contundente" prueba de cargo ofrecida a través del atestado policial y la declaración de los agentes actuantes en sala frente a la versión del acusado y un testigo, quien aseguró que en momento en el que saltó el radar era él quien pilotaba el automóvil.

El magistrado señala que, a raíz de la prueba practicada y ratificada por los agentes "expertos en el control de la circulación viaria", era el acusado quien conducía "a una velocidad notoriamente superior a la reglamentaria" en el momento en el que fue captado.

Asimismo, recoge la versión de los agentes, quienes señalaron que desde el momento en el que el coche fue captado por el radar hasta que llegó al punto de identificación, ubicado a unos dos kilómetros, "tardaron menos de tres minutos". Igualmente, llegados hasta el lugar del control, ni el acusado ni el copiloto mencionaron haber cambiado de asiento durante el trayecto.

"Las declaraciones de los agentes son creíbles, persistentes y compatibles con el atestado, en tanto que las del acusado y el testigo no son razonables ni creíbles en modo alguno", expresa el juez en sus fundamentos, donde añade que aunque los agentes "no llegaron a ver de manera directa al acusado conduciendo el vehículo en el momento de la captación", es posible acreditar los hechos por la vía de la prueba indiciaria cuando concurren indicios "de muy especial significación o varios indicios" que "acreditados y probados" permitan "presumir la existencia del delito".

Con ello, destaca entre esos indicios que el acusado fuera identificado como conductor cuando fue detenido por los agentes, que entre el punto en el que saltó el radar por una velocidad "extremadamente alta" y la interceptación del vehículo "no había más de 1,5 kilómetros", y que la distancia indicada se recorrió "en menos de tres minutos", lo que resulta "incompatible" con el cambio de posición en el coche alegado por el acusado y el testigo.

De la misma manera, hace referencia a la escasa anchura de la calzada y el arcén, de unos 1,5 metros, lo que "obligaba al vehículo a invadir la calzada" en un momento de "tráfico de vehículos", lo que "no es compatible" con el cambio de asientos alegado por la defensa, del que el testigo y el acusado no dijeron nada a los agentes durante la instrucción del atestado.

A tenor de los hechos probados, el magistrado hace referencia a la "incompatibilidad" entre los hechos probados y la declaración del testigo de la defensa en el plenario, quien también iba en el vehículo como copiloto y aseguró que el llevaba el coche al pasar frente al radar, por lo que, a instancia del Ministerio Público, interesa deducir testimonio de juicio oral por presunto delito de falso testimonio una vez que la sentencia sea firme.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Ordenan el cierre del ‘Bar de Jo’ tras ser denunciado y las redes se revolucionan

La suspensión temporal de actividad la provoca la denuncia presentada por la actriz Neus Asensi. El emblemático ‘Bar de Jo’, situado en Los Escullos, en el corazón del Cabo de Gata, ha recibido una orden de suspensión temporal tras ser denunciado y tiene abierto un expediente sancionador por carecer de licencia, tanto de apertura como de utilización, y por incumplir los horarios de cierre. Todo comenzó a primeros de agosto cuando la actriz Neus Asensi, que tiene una casa en la misma zona, presentó un escrito en el Ayuntamiento denunciando que el ‘Bar de Jo’ estaba abierto de forma ilegal y que causaba molestias y ruidos, por lo que solicitaba su cierre. Tras recibir la denuncia, la Policía Local de Níjar acudió al bar y, una vez allí comprobó que el establecimiento no les presentó ninguna documentación y que, a las 4,38 horas estaba abierto, con personas consumiendo bebidas y con la música funcionando. Finalmente, en base al expediente emitido por los técnicos municipales,

Los 17 kilometros de costa cuevana en fotos de 360º

El Ayuntamiento ha hecho más de 300 fotografías de las playas para búsquedas en Google. El Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora ha presentado el proyecto “Smartplayas en 360 grados”, un trabajo minucioso que se ha llevado a cabo durante varios meses y que mostrará al mundo los 17 kilómetros de costa que tiene el municipio en todos los servicios de Google. Con más de 300 fotografías y una inversión de 8.000 euros, no ha quedado ni una sola playa o cala del municipio sin fotografiar para que cualquier usuario de Google pueda “pasear” de forma virtual por ellas y conocerlas mejor. Una herramienta universal, como han reconocido, de dar a conocer la costa cuevana.  Información de las playas Además, al haber creado fichas para todas las playas, el usuario reciben información relevante y accesible de cada lugar al que busque a través de cualquier servicio de Google (Maps, Chrome, Street view, las tarjetas de los teléfonos Android, etc). Asimimo, el Ayuntamiento recibe un feddb

Indignación en Almería por el último programa de Chicote

Los comentarios en las redes hablan de campaña en contra de la candidatura como capital española de la gastronomía El último programa emitido por La Sexta de 'Pesadilla en la cocina', que conduce Alberto Chicote, ha 'levantado ampollas'. Las redes sociales se han hecho eco de lo sucedido en la Taberna 'Generación del 27', llamada posteriormente 'Taberna del Sur', dando lugar a distintos comentarios sobre la idoneidad o no de la emisión del programa, cuando el local ya está cerrado, y de si existe una mala intención que pueda perjudicar la candidatura de Almería como capital española de la gastronomía. En ese aspecto, hay quien asegura que es un «pedazo de montaje... tienen que vender el programa y llevan al paredón a quien sea por vender. La ostia no es para chicote que al fin y al cabo es un cabeza de turco. A quien hay que darles un par de guantazos son a los productores y guionistas que a esos no se les ve la cara y son los que la estan liand