Hasta 2016 fueron 6.465 las parcelas contempladas que deben pasar el informe en toda la ciudad.
El Ayuntamiento de Almería, a través de la Gerencia Municipal de Urbanismo, está preparando ya la actualización de los edificios que tienen obligación de pasar su 'ITV', el denominado como Informe de Evaluación de Edificios, para colocarlo en el visor que se encuentra ubicado en su página web. Exactamente los edificios que se incluyen este año son los construidos entre el 1 de enero de 1954 y el 31 de diciembre de 1963.
Aún no está totalmente contabilizado el número de edificios que se verían afectados pero a modo de curiosidad entre ellos se encontraría el de 'El Patio' de Pescadería que recientemente ha sido apuntalado por el Ayuntamiento ante los problemas de algunos de sus elementos.
Actualmente hasta el año 2016 tenían que pasar este informe de evaluación un total de 6.465 parcelas catastrales repartidas por todos los barrios de la ciudad. Cabe recordar que el pasar este IEE es obligatorio ya que así se contempla en la LOUA, y además, para la petición de subvenciones para la realización de rehabilitaciones en edificios de viviendas también es necesario contar con este documento que muestre exactamente las deficiencias con las que cuentan.
A pesar de que se trata de algo obligatorio, aún son muchos los edificios que faltan por realizar estos informes. Así en el año 2013 se presentaron en el registro de Urbanismo un total de 572 expedientes, en 2014 fueron 313 las solicitudes que se presentaron, en 2015 los que pidieron la realización de este informe fueron 131, un centenar de edificios solicitaron el IEE el pasado año 2016 y en lo que llevamos de 2017 ya son 47 las solicitudes que se han presentado.
Son los propietarios del edificio, independientemente del uso o destino que tenga quienes tienen que encargarse de pasar esta evaluación. Las inspecciones tendrán que ser realizadas por técnicos facultativos, encargados de emitir los informes pertinentes que determinen el estado de conservación del mismo, y si es preciso, o no, realizar obras de conservación y rehabilitación en ellos.
El control de que se realicen estas inspecciones lo ejercerá el Ayuntamiento a través de un registro, de manera que los propietarios deberán presentar el informe sobre el estado de la edificación conforme al modelo de solicitud que se incluye en la ordenanza.
A los efectos de la normativa, se entiende como edad de la edificación el tiempo transcurrido desde la fecha de terminación total de su construcción. Desde el Ayuntamiento de Almería destacan que la finalidad con la que el Informe de Evaluación de los Edificios fue la de asegurar el buen estado y debida conservación de los inmuebles, y que cumplan, como mínimo, una serie de requisitos exigibles en cuanto a seguridad, salubridad, accesibilidad, y sobre todo, su edificación.
Para determinar la edad de la edificación se atenderá a la antigüedad según la información catastral y todos los ciudadanos pueden comprobar la edad de su vivienda a través de un mapa interactivo que puede consultarse en la web http://www.almeriaurbanismo. com.
La edad de la edificación se atenderá a la antigüedad según la información catastral, si bien podrá acreditarse documentalmente que la edad es otra mediante los siguientes documentos: Licencia de ocupación; Certificado final de obras; Cualquier medio de prueba admisible en derecho.
El Ayuntamiento de Almería, a través de la Gerencia Municipal de Urbanismo, está preparando ya la actualización de los edificios que tienen obligación de pasar su 'ITV', el denominado como Informe de Evaluación de Edificios, para colocarlo en el visor que se encuentra ubicado en su página web. Exactamente los edificios que se incluyen este año son los construidos entre el 1 de enero de 1954 y el 31 de diciembre de 1963.
Aún no está totalmente contabilizado el número de edificios que se verían afectados pero a modo de curiosidad entre ellos se encontraría el de 'El Patio' de Pescadería que recientemente ha sido apuntalado por el Ayuntamiento ante los problemas de algunos de sus elementos.
Actualmente hasta el año 2016 tenían que pasar este informe de evaluación un total de 6.465 parcelas catastrales repartidas por todos los barrios de la ciudad. Cabe recordar que el pasar este IEE es obligatorio ya que así se contempla en la LOUA, y además, para la petición de subvenciones para la realización de rehabilitaciones en edificios de viviendas también es necesario contar con este documento que muestre exactamente las deficiencias con las que cuentan.
A pesar de que se trata de algo obligatorio, aún son muchos los edificios que faltan por realizar estos informes. Así en el año 2013 se presentaron en el registro de Urbanismo un total de 572 expedientes, en 2014 fueron 313 las solicitudes que se presentaron, en 2015 los que pidieron la realización de este informe fueron 131, un centenar de edificios solicitaron el IEE el pasado año 2016 y en lo que llevamos de 2017 ya son 47 las solicitudes que se han presentado.
Son los propietarios del edificio, independientemente del uso o destino que tenga quienes tienen que encargarse de pasar esta evaluación. Las inspecciones tendrán que ser realizadas por técnicos facultativos, encargados de emitir los informes pertinentes que determinen el estado de conservación del mismo, y si es preciso, o no, realizar obras de conservación y rehabilitación en ellos.
El control de que se realicen estas inspecciones lo ejercerá el Ayuntamiento a través de un registro, de manera que los propietarios deberán presentar el informe sobre el estado de la edificación conforme al modelo de solicitud que se incluye en la ordenanza.
A los efectos de la normativa, se entiende como edad de la edificación el tiempo transcurrido desde la fecha de terminación total de su construcción. Desde el Ayuntamiento de Almería destacan que la finalidad con la que el Informe de Evaluación de los Edificios fue la de asegurar el buen estado y debida conservación de los inmuebles, y que cumplan, como mínimo, una serie de requisitos exigibles en cuanto a seguridad, salubridad, accesibilidad, y sobre todo, su edificación.
Para determinar la edad de la edificación se atenderá a la antigüedad según la información catastral y todos los ciudadanos pueden comprobar la edad de su vivienda a través de un mapa interactivo que puede consultarse en la web http://www.almeriaurbanismo. com.
La edad de la edificación se atenderá a la antigüedad según la información catastral, si bien podrá acreditarse documentalmente que la edad es otra mediante los siguientes documentos: Licencia de ocupación; Certificado final de obras; Cualquier medio de prueba admisible en derecho.
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