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El Congreso rechaza por segunda vez la investidura de Feijóo

 Logra 172 votos a favor frente a 177 en contra y uno nulo de Junts

El Pleno del Congreso ha rechazado este viernes por segunda vez la investidura del líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, como presidente del Gobierno. En esta segunda votación ha sumado los mismos apoyos, 172, frente a 177 en contra y un voto nulo de Junts.

Como establece el Reglamento de la Cámara, la votación ha sido pública y por llamamiento, lo que supone que cada diputado se ha puesto en pie al ser nombrado para proclamar su voto a viva voz su voto: sí, no o abstención. Sus señorías ha sido llamados por orden alfabético, a partir de una letra elegida al azar: en concreto, la votación ha comenzado con el 'sí' de la diputada del PP María del Mar Sánchez Sierra.

En esta segunda votación se ha reproducido el mismo resultado. Alberto Núñez Feijóo ha sumado 172 votos del PP (137 diputados), Vox (33), Coalición Canaria (1) y UPN (1), frente a los 178 'noes' que han sumado PSOE (121), Sumar (31), ERC (7), Junts (6) Bildu (6), PNV (5) y BNG (1). El voto del independentista Eduard Pujol (Junts), que dijo sí y luego no, se ha considerado nulo.    

Confirmado el rechazo de la candidatura del líder del PP, la presidenta del Congreso, la socialista Francina Armengol, se desplazará al Palacio de la Zarzuela para informar al jefe del Estado del resultado y lo previsible es que el Rey convoque una nueva ronda de consultas la próxima semana para proponer otro candidato, que previsiblemente será el segundo más votado el 23J, Pedro Sánchez, cabeza de lista del PSOE.

Si nadie supera la votación, elecciones el 14 de enero

Eso sí, la votación del miércoles activó el plazo de dos meses que contempla el artículo 99 de la Constitución para lograr una investidura porque, si el 27 de noviembre nadie ha conseguido superar esta votación y persiste el bloqueo, el Rey disolverá las Cortes y habrá nuevas elecciones el 14 de enero.

Para estos casos de repetición electoral, el Congreso ya modificó la Ley Electoral fijando sólo 47 días entre la convocatoria y la celebración de elecciones, ya que se reducen todos los plazos del procedimiento, incluyendo la campaña electoral, que sólo es de una semana.

(La Voz de Almería)




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